Y ya van tres (diputados imputados de CiU)
Carlos Jiménez Villarejo. Consejo científico de ATTAC España
El Auto del TSJ de Catalunya, atribuyendo al secretario general de Convergència Democràtica, Oriol Pujol Ferrusola, la comisión de un delito de tráfico de influencias representa, después de las anteriores imputaciones, un escándalo político sin precedentes. Porque, tal como se describe por el Tribunal, por tres magistrados, su conducta constituye un evidente y continuado abuso de poder y porque expresa, solo con los indicios delictivos expuestos, una traición a la confianza depositada en el y su partido por sus electores. ¿No es suficiente para abandonar su acta de diputado?.
Es necesario recordar que, como ahora veremos, el imputado Oriol Pujol ha quebrantado abiertamente normas del Estatut que solo se invoca para defender confusos intereses políticos. Pues, Sr. Pujol, el Preámbulo del Estatut establece que “Los Poderes públicos [de los que usted forma parte] están al servicio del interés general y de los derechos de la ciudadanía”. Ciudadanía de la que ahora se burla. Y el Art. 71 de dicho Estatut dispone que “La Administración de la Generalitat [de la que uested forma parte] sirve con objetividad los intereses generales y actúa con sumisión plena a las leyes y al derecho”. Exactamente lo contrario es lo que expone el Tribunal de la actuación del diputado Pujol.
Resulta paradójico que, paralelamente a las denominadas Cumbres anticorrupción que convocó el President Mas, la coalición que gobierna Catalunya esté cada vez mas sitiada por la corrupción. Pero, cada vez está más claro, que el mensaje que el President pretendía enviar era doble. Primero, atrincherar a los Diputados que fueran imputados en sus cargos para evitar la dimisión, alegando una supuesta posibilidad de que la imputación fuese dejada sin efecto. Manifiesto error, porque el pueblo, como titular de la soberanía, no puede admitir que continúe como su representante quien, como el diputado Pujol, ha traicionado el interés general de ese pueblo anteponiendo sus intereses particulares… Y el segundo mensaje, era una especie de advertencia a los medios de comunicación sobre unos supuestos límites a la libertad de información que no están contemplados en el Art. 20 de la Constitución ni en el Art. 52 del Estatut, que solo exigen veracidad, neutralidad y respeto a la “dignidad de las personas”. La dignidad del diputado Pujol está afectada, en todo caso, por la decisión judicial.
TRÁFICO DE INFLUENCIAS
El delito de tráfico de influencias se introdujo en el Código Penal en 1991 a raíz del escándalo suscitado por el caso Juan Guerra, hermano de quien a la sazón era vicepresidente del Gobierno que, al menos, dimitió de este cargo. Desde entonces, ha sido una de las máximas expresiones de la corrupción política. Lo que encaja en el concepto de clientelismo, que es la forma moderna del caciquismo. Porque asocia abuso de una posición jerárquica en la Administración o en el partido gobernante –prevalerse es como lo expresa el Código Penal-, aprovecharse de esa posición de superioridad para determinar que otra autoridad o funcionario acceda a la pretensión del superior y decida lo que convenga con el fin de obtener un beneficio económico para cualquiera de las partes concurrentes. Y que esta decisión constituye, al menos, una manifiesta desviación de las normas que rigen el funcionamiento de la Administración en beneficio de intereses particulares. Es, pues, un delito que vulnera de forma directa, particularmente por el diputado Pujol, los principios de los que nunca debería haberse apartado, los de objetividad e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones públicas. Por ello, es ofensivo para el sistema democrático que continúe como representante de un pueblo al que ha escarnecido.
Cuanto hemos dicho lo expresa con nitidez el Tribunal: “… existeisen indicis per continuar la investigació i, per tant, prendre declaració en qualitat d’imputat al Sr. Oriol Pujol Ferrusola per un presumpte delicte de tràfic d’influències, tipificat als Arts. 428 i sgs. del Codi Penal, ja que aquest, gràcies al seu pes polític, tant com a Secretari General de Convergencia Democràtica de Catalunya, i, sobre tot, com a President del seu grup parlamentari en el Parlament de Catalunya, i amb l’objectiu d’obtenir un benefici econòmic, per ell i/o pels seus amics i col·laboradors, va portar a terme presumptament les operacions abans descrites a fi d’assolir l’adjudicació d’un lot d’ITV’s, vulnerant el dret a la lliure concurrencia pública, de tal manera que amb la seva actuació coordinava, dirigía i donava el necessari recolzament des d’una vessant política a la resta d’implicats en aquest afer”.
Desde estos presupuestos fácticos y su calificación judicial penal, el diputado Oriol Pujol solo tiene una salida, la renuncia al acta de diputado. Porque ha perdido su legitimidad para representar al pueblo de Catalunya. Si no lo hiciera, la legitimidad de su partido se verá aún mas quebrada.