¿Una salida hacia delante, o hacia atrás?
26 maig 2020 | Categories: auditoria del deute, Banca, Catalunya, coronavirus, crisi, deute, drets econòmics i socials, Espanya, fiscalitat, Fons, Impostos estatals, Justícia Fiscal Global, paradisos fiscals, política institucional, Portada, rescat bancari, retallades, Serveis públics |

Griselda Piñero y Enrique Seijas. ATTAC Acordem
No creemos que sea necesario insistir en la descomunal crisis económica que ha producido la pandemia de la covid-19. Tanto en los países donde hubo confinamiento total, como en los que ese confinamiento fue parcial e incluso voluntario habrá un descenso brutal del PIB. Sabemos que este indicador no nos dice nada sobre la distribución de la riqueza en los países ni, por lo tanto, sobre su grado de justicia social, pero sí nos indica el alcance de la riqueza producida.
Así que un descenso pronunciado del PIB anuncia que, si no se toman medidas políticas para evitarlo, el desempleo aumentará desenfrenadamente y los servicios sociales, como la sanidad, la educación o la dependencia serán los que paguen, con más recortes económicos, la factura…
Ahora la situación es mucho más grave incluso, según se dice[1] que la producida por la “gran depresión de 1929”. Por lo tanto, debemos preguntarnos cuáles son las salidas posibles para esta crisis y, las únicas respuestas lógicas pasan por la realización de políticas que promuevan cambios fundamentales en el modelo económico, social, y ecológico o por políticas que continúen con el mismo modelo capitalista neoliberal. Modelo agotado como ha quedado demostrado.
Ya hemos visto donde ha conducido la privatización de la sanidad y de los servicios sociales, con la trágica muestra de las residencias geriátricas, el incremento del paro y la reducción de los salarios, que ha llevado hasta los comedores sociales a muchos trabajadores pobres. Pero también la educación, y el previsible retorno a las aulas en condiciones precarias, demostrarán próximamente los límites del modelo económico actual.
Una primera mirada será sobre nuestro sistema fiscal, ya que es la clave de la distribución de la riqueza. Veamos lo que está haciendo el Estado español, tanto desde las instituciones centrales, como desde las autonomías y los municipios.
La impotencia del Estado para hacer frente al coste de nuestro, ya menguado, “Estado del bienestar” se debe a varios factores: dejaremos a un lado la corrupción y el despilfarro para centrarnos en su debilidad recaudatoria. La presión fiscal en España ha sido siempre inferior a la media de los países de la UE, antes y después de sus sucesivas ampliaciones, y de la media de los países de la OCDE, salvo un breve periodo entre los años 2004 y 2008, en el que consigue situarse al nivel de la media de la UE 28 y por encima de la media de la OCDE. Si establecemos la comparación con los países de la zona Euro y con UE 28 en los últimos cinco años, nos encontramos con que España ha recaudado entre un 5% y un 6,5% menos respectivamente. Estas diferencias han existido con anterioridad a la crisis económica de 2008 y se han traducido en un déficit fiscal permanente y una deuda pública acumulada, que no han servido para propiciar el crecimiento equilibrado de nuestra economía, caracterizada por el desproporcionado peso del turismo y de la construcción en nuestro PIB y por una débil industrialización. También se han utilizado como argumento pseudoeconómico para justificar el pobre desarrollo de nuestro Estado social.
Nuestro sistema fiscal se caracteriza por la elusión (o simplemente la evasión) que practican las grandes fortunas y las grandes empresas, la tolerancia hacia la economía sumergida, la dualidad entre las rentas del capital y las del trabajo, la falta de progresividad, las bonificaciones a las empresas, al patrimonio, las sucesiones y donaciones, etc. La existencia de este tipo de peculiaridades en nuestro sistema fiscal, ha tenido como consecuencia, no solo que el Estado recaudara entre 70 y 90.000 millones de euros menos cada año, sino que, además, no veamos obligados a pagar unos intereses por la deuda acumulada que, en 2018, estuvieron por encima de los 30.000 millones de euros.[2] La suma de ambas cantidades, lo que dejamos de recaudar y lo que tenemos que pagar por ello, se sitúa entre los 100.000 y los 120.000 millones de euros anuales, es decir entre el 7 % y el 8 % de nuestro PIB. Si dispusiéramos de ese dinero, aunque por las características particulares de nuestra estructura productiva no alcanzáramos esas cifras, las cantidades de las que podríamos disponer serían tan extraordinarias que nos permitirían liquidar nuestra deuda pública en 10 años o rebajarla al 50 % y mejorar espectacularmente nuestro sistema de bienestar social. Todo ello depende, ni más ni menos, que de las decisiones políticas que se tomen a partir de ahora.[3]
Pero hay otro factor determinante para ver si es posible una salida en la que las personas sean lo primero. Ese factor es la deuda pública o deuda soberana, aunque en este momento también tiene relevancia la deuda privada tanto de las pequeñas y medianas empresas, que recordemos proveen la mayor parte de los puestos de trabajo en nuestro país, como la de las familias.
Recordemos también, que en el mes de agosto del año 2011, bajo presidencia socialista de Rodríguez Zapatero se modificó el artículo 135 de la Constitución española dando prioridad al pago de la deuda externa sobre la inversión en servicios sociales.[4]
La deuda, en todas sus formas, como ya ocurrió con el colonialismo, ha constituido, fundamentalmente, una forma de extractivismo y ha pretendido legitimarse utilizando múltiples argumentos legales y por lo tanto, ideológicos.
Según quién contrae la deuda, puede ser:
Deuda pública, es la que adquieren los Estados para cubrir sus déficits presupuestarios, en lugar de modificar la legislación fiscal para que las necesidades sociales se paguen con los impuestos. La deuda pública externa es la que más empobrece al país deudor ya que el dinero destinado al pago de intereses va directamente de nuestros bolsillos a los bolsillos de los prestamistas extranjeros. La deuda pública interna, en particular empobrece, todavía más, a las clases pobres, ya que los intereses salen de los impuestos que pagamos todos y van a parar a los bolsillos de las clases adineradas y entidades financieras que actúan como prestamistas.
Pero tanto la deuda pública externa como interna, o la deuda privada, pueden tener características de ilegalidad, ilegitimidad, odiosidad o insostenibilidad, de acuerdo a cómo se contraten. Se definen de la siguiente manera:[5]
- Deuda ilegal, es la que contraen los Estados sin respetar su propia legislación.
- Deuda ilegítima, cuando se contrae en beneficio casi exclusivo de élites, para la construcción de infraestructuras costosas e innecesarias (elefantes blancos), para rescatar empresas financieras (bancos) o no financieras, convirtiendo una deuda privada en pública.
- Deuda odiosa, es la que además de ilegitima, se contrae con la complicidad de los prestamistas, cuando estos son conocedores de que los fondos prestados no están destinados a beneficiar a la población.
- Deuda insostenible es la que no puede ser reembolsada, ya que su pago originaría daños y perjuicios a toda su población. O sea puede ser legal y legítima (esto último en muy pocos casos) pero impagable.
Si, como vemos, la deuda se debe fundamentalmente a la avaricia y la corrupción de las elites, resulta evidente que el principal objetivo de esas mismas élites, consiste en seguir extrayendo beneficios a partir de los intereses o, en caso de impago, de la expropiación del patrimonio de los países deudores, como pudimos comprobar en el caso de Grecia.
La deuda pública de los países industrializados y la de los países en desarrollo y emergentes no responde, habitualmente, a los mismos acreedores. La deuda de los países desarrollados, normalmente, se genera por la emisión de bonos del Estado o letras del Tesoro, que se subastan, (mercado primario), y los compran los fondos de inversión (privados o soberanos), de pensiones, particulares. Por lo tanto, mayoritariamente, está en manos privadas y, si hay problemas de liquidez para el pago de los intereses, generalmente se llega a un acuerdo. Prefieren tal vez una reducción de intereses o un alargamiento de plazos, a no recuperar sus fondos… Es un caso clásico de extracción continua de renta.
De todas maneras, estos bonos, en general, si provienen de países con dificultades para el pago de la deuda, pueden ir a parar a manos de fondos buitre a través del mercado secundario y muchas veces a precio de saldo. Luego estos fondos buitre pueden exigir legalmente el pago del valor nominal de los bonos comprados, con independencia de lo hayan pagado por ellos…Un sistema evidente de lucro especulativo y usurero.
En los países en desarrollo y emergentes, el volumen principal responde a la deuda con instituciones financieras internacionales (deuda multilateral) o con países ricos (deuda bilateral). Y estos acreedores, si no se paga la deuda, se pueden quedar con parte de la riqueza de un país, como en el ya citado caso de Grecia.
En el caso del Estado español, la deuda pública del Estado español en febrero de 2020 es de 1.201.770,16 millones de euros, o sea aproximadamente 1,21 billones de euros y representaba en el cuarto trimestre de 2019 el 95,5 % del PIB.* Como recordatorio, en enero de 2008 la deuda pública era de 365.203,613 millones de euros y representaba el 34,8 % del PIB[6] mientras que en el mismo periodo, el número de millonarios pasaba de los 127.000 a los 257.000.
La deuda pública del Estado español en manos de acreedores extranjeros representa aproximadamente un 48 % del total.[7] Principalmente los acreedores provienen de la UE, puesto que los bonos españoles se contrataron a tipos de interés mucho más elevados que los de los países ricos, (por ejemplo Alemania), con el pretexto de que el riesgo de impago era mayor. De hecho, solamente 12 países tienen más acreedores extranjeros, entre ellos: Portugal y Bélgica con un 52 %, Irlanda, el 59,7 %… países que no se caracterizan precisamente por su potencia económica. Hay tener en cuenta que la deuda pública no solo proviene del Estado central, sino que se crea en todos los niveles de la Administración del Estado: Autonomías, Diputaciones y Ayuntamientos.
Con respecto a la deuda, deberíamos preguntarnos: ¿Qué calificativo tiene la deuda pública española?, ¿es siempre legal?, ¿es siempre legítima?, ¿es sostenible?
La deuda privada, es la que contraen las empresas financieras y no financieras, las pymes, autónomos/as y familias. Aquí nombraremos solamente algunos ejemplos de esas deudas privadas de grandes empresas, que tuvieron un fuerte impacto en los bolsillos de la ciudadanía: el caso Castor (almacenamiento submarino de gas natural), las autopistas radiales de Madrid, etc. Se socializaron y se convirtieron en deudas públicas ilegítimas (como ya dijimos), que pagamos entre todos. Y recordemos la gran deuda ilegítima generada por el rescate bancario.
Por lo tanto hay que estudiar a fondo todas las deudas, públicas y privadas y, para ello, es necesario hacer una auditoría ciudadana de la deuda, que determine su legalidad, legitimidad, honestidad y sostenibilidad. El adjetivo ciudadana quiere decir que la población debe estar implicada en ese proceso.
Conclusión
La actual situación no se debe a la naturaleza intrínseca de las cosas, sino que por el contrario, han sido las decisiones políticas tomadas durante los últimos 40 años, las que nos han conducido hasta aquí.
Hemos visto los problemas que tiene la fiscalidad española. Comparamos sus déficits, tanto con respecto a las tasas impositivas como al elevado grado de elusión y evasión fiscal. Es evidente que la existencia de los refugios fiscales afecta a todo el planeta, por lo que deberían eliminarse. La existencia de varios de ellos en la propia Unión Europea es una vergüenza. Por lo tanto no solo se tendría que redefinir el régimen fiscal de nuestro país sino también exigir de la UE una política agresiva contra los refugios fiscales. En particular un impuesto único (del 15 al 20 %) a las grandes fortunas para mejorar los presupuestos de la pandemia, es imprescindible. Como también aumentar netamente la imposición al 1 % más rico de la sociedad. Otra medida ineludible es la de eliminar las sociedades al servicio de la elusión fiscal, las Socimi y las Sicav, por ejemplo. Y eso es competencia del gobierno y del parlamento del Estado español
Tenemos plataformas ciudadanas para luchar contra las deudas que van en contra del bienestar de la población y contra esos fondos que se alimentan en el mercado secundario de la deuda y del mercado inmobiliario, como también para conseguir una fiscalidad justa: Plataforma por la auditoría ciudadana de la deuda (https://auditoriaciudadana.net/ ), Plataforma contra los fondos buitre(https://twitter.com/nofondosbuitre?lang=gl), Plataforma por una fiscalidad justa, ambiental y solidaria ( http://www.fiscalitatjusta.cat/) y Plataforma por la justicia fiscal (https://www.plataformajusticiafiscal.com/ )
De las políticas que se desarrollen a partir de ahora dependerá nuestro futuro. Si las políticas se orientan hacia una reforma fiscal que tenga como fin una distribución mucho más equitativa de la riqueza y la potenciación de las políticas sociales; si las políticas se orientan hacia la cancelación de la deuda y la eliminación del pago de unos intereses que esquilman los presupuestos públicos, seguramente nuestro futuro será mejor que nuestro presente, de lo contrario, volveremos a los años oscuros de principios del siglo XX, a los que cínicamente se ha dado en llamar «la belle époque».
[1]Ignacio Ramonet: “La pandemia y el sistema mundo”, Le monde diplomatique en español, mayo de 2020. Dossier especial.
[2] Deuda pública, en 2018 pago por día de 90 millones de euros en intereses y cada ciudadano o ciudadana tiene una deuda de 25.000 euros. http://www.acordem.org
[3] Estructura impositiva de España en el contexto de la Unión Europea. David López – Rodríguez y Cristina García Ciria. Banco de España 2018.- https://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/PublicacionesSeriadas/DocumentosOcasionales/18/Fich/do1810.pdf; Carlos Cruzado, presidente de GESTHA, Nueva Tribuna 9.11.2019; Juan Sanhermenando, El Español 30.10.19
[4] https://www.elsaltodiario.com/constitucion/ocho-formas-puede-afectar-articulo-135-modificado-pp-psoe
[5]https://www.cadtm.org/Definicion-de-deuda-ilegitima
[6]https://www.epdata.es/datos/deuda-publica-espana-hoy-datos-banco-espana/7/espana/106
* En marzo de 2020 ya era de 1.224.242, 23 millones de euros, o sea cerca 1,225 billones, y el PIB del primer trismestre de 2020 ha descendido un 5,4 %.( https://www.epdata.es/datos/deuda-publica-espana-hoy-datos-banco-espana). Se calcula que la deuda podría llegar a más del 115 % del PIB este año (http://www.acordem.org)
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